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Consejo de Estado anula elección de Adriana Margarita García como directora de CORPOCESAR para el periodo 2024-2027

Sin embargo, el alto tribunal no ordena iniciar un nuevo proceso, sino retomar el procedimiento desde la etapa relativa a la elección del director general, la cual deberá iniciar con el trámite de las recusaciones.

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Andres Molina
Friday, September 26, 2025 2:46 AM
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Bogotá.

En una decisión de gran impacto regional, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del Acuerdo 14 del 13 de diciembre de 2024, mediante el cual el Consejo Directivo de CORPOCESAR eligió a Adriana Margarita García Arévalo como directora general de la corporación autónoma para el periodo 2024-2027. VEA AQUÍ LA SENTENCIA COMPLETA

El fallo, con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, fue emitido este 25 de septiembre de 2025 y responde a las demandas interpuestas por Paolo Alberto Sierra Torres, Wilmen José Vásquez Molina, Jaider Manuel Rodríguez Armenta, Luis Fernando Padilla Pérez y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Razones de la nulidad

La alta corte encontró irregularidades sustanciales en el proceso de elección, principalmente:

  1. Trámite indebido de recusaciones: el 13 de diciembre de 2024, al menos 9 de los 13 integrantes del Consejo Directivo fueron recusados, lo que afectó el cuórum y obligaba a que dichas recusaciones fueran resueltas por la Asamblea Corporativa o la Procuraduría, y no por el mismo consejo, como finalmente ocurrió.

  2. Violación del cronograma de elección: tras la anulación de la primera elección de García Arévalo en octubre de 2024, el Consejo Directivo reanudó el proceso sin modificar el cronograma establecido en el Acuerdo 8 de 2023, incumpliendo principios de publicidad y transparencia.

El Consejo de Estado concluyó que estas irregularidades vulneraron derechos fundamentales como el debido proceso y la participación ciudadana, lo que invalida la designación de García Arévalo.

Consecuencias del fallo

Con esta sentencia, CORPOCESAR queda nuevamente sin director en propiedad. Sin embargo, el alto tribunal de manera expresa no ordena al Consejo Directivo convocar un nuevo proceso de elección, sino que al modular los efectos de la sentencia, le ordena al órgano competente que “retome el procedimiento desde la etapa relativa a la elección del director general, la cual deberá iniciar con el trámite de las recusaciones, conforme a lo estudiado en esta decisión.”

La decisión también sienta un precedente para todas las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) del país sobre la correcta tramitación de recusaciones y el respeto a los cronogramas de elección.

Este fallo llega en un momento clave, pues CORPOCESAR juega un papel determinante en la gestión ambiental del Cesar, especialmente en proyectos de conservación de cuencas hídricas, control de la deforestación y seguimiento a licencias ambientales en el sector minero y energético.

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