Bogotá.
La Sección Quinta del Consejo de Estado, mediante providencia fechada este jueves 24 de octubre, declaró la nulidad del acto de elección de Adriana Margarita García Arévalo como directora de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar.
Aunque aún no se conoce el texto completo de la sentencia de única instancia, en la plataforma SAMAI que es el sistema electrónico de gestión judicial, puede apreciarse que en dicho proceso administrativo se tomó la decisión de “declarar la nulidad del acto de elección de la directora de Corpocesar”.
El fallo que tiene como magistrado ponente al consejero Luis Alberto Álvarez Parra aún no ha sido publicado por cuanto está en el proceso de recolección de las firmas de los restantes consejeros que participaron en la decisión y se espera que sea publicado la próxima semana.
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Sobre este particular, Radio Guatapurí dialogó con uno de los cinco demandantes del acto de elección, el abogado vallenato Luis Fernando Padilla Pérez, quien recordó los cuatro cargos formulados al acto de elección: “nosotros formulamo cuatro cargos en la demanda y los cuatro cargos fueron (i) expedición irregular del acto administrativo, (ii) infracción de las normas en que debió fundarse, (iii) falsa motivación y (iv) desviación de poder. Estas son las causales genéricas que proceden contra todo acto administrativo y están contenidas en el artículo 137 del CPACA. No recurrimos a las del 275, sino a las del 137 y logramos demostrar en el marco del proceso que efectivamente se configuraron estas causales y pues hoy el Consejo de Estado nos da la razón”, expresó satisfecho el profesional del derecho.
De acuerdo con Padilla Pérez, el problema jurídico central fue el proceso de selección de la directora, el cual estuvo cuestionado por varias irregularidades que terminaron viciándolo, entre ellas: “la expedición irregular del acto administrativo porque como uno de los cargos de censura que formulamos porque el propio acuerdo 001 de la corporación autónoma (que es el acuerdo de asamblea corporativa) establece un ritual específico para la elección del director de dicha entidad y ese ritual fue vulnerado por los miembros de junta directiva que concurrieron a hurtadillas a una elección espuria y la cual anula hoy el Consejo de Estado.”
¿Adriana García Arévalo podría volver a aspirar en un nuevo proceso de selección?
A esta pregunta Padilla Pérez responde afirmativamente, teniendo en cuenta que los cargos formulados en este caso no versan sobre la persona elegida, sino sobre el proceso mismo de elección. “Ella sí puede participar porque lo que solicitamos los actores públicos en la demanda (aunque por pretensiones separadas que fueron acumuladas) es que se anule el acto de elección, el proceso sigue y todos quienes se inscribieron y están aptos para ser directores de la corporación, incluida la doctora Adriana, están vigentes para ese propósito.”